Identifikazio eremuaArea de identificación
Erreferentzia kodeaCódigo de refencia |
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BUA-AMB 0022454 |
IzenburuaTítulo |
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Enajenaciones |
Hasiera dataFecha inicial | Bukaera dataFecha final |
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1799 | 1830 |
Deskribapen mailaNivel de descripción | Signatura topografikoaSignatura topográfica | DigitalizatutaDigitalización |
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Serie |
No |
Saikapena Clasificación |
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Beste dokumentu honen baitan Forma parte de este otro documento |
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Testuinguru eremuaArea de contexto
Historia administratiboa Historia administrativa |
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El Real decreto de 25/09/1798 establece la enajenación obligatoria de fincas pertenecientes a Hospitales, Hospicios, Casas de Misericordia, de reclusión y de expósitos, Cofradías, Memorias, Obras pías y patronatos de legos que tengan el concepto de bienes píos laicales; y la enajenación voluntaria (invitación a los Prelados a que promoviesen espontáneamente por un efecto de su celo por el bien del Estado) de capellanías colativas u otras fundaciones eclesiásticas, imponiendo su producto en la Caja de Consolidación. Posteriormente el Gobierno es autorizado por el Papa (breves de 1805 y 1806) a vender parte de los bienes eclesiásticos. El 21/02/1807 se emite Real Cédula para poner en ejecución el B. S.S. de 12/12/1806 |
Araudia Legislación |
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1798/09/19. Real Decreto resolviendo la enajenación de los bienes raíces pertenecientes a hospitales, hospicios, casas de misericordia, de reclusión y de expósitos, cofradías, memorias, obras pías y patronatos de legos, poniéndose el producto de las ventas así como los capitales de los censos que se redimiesen en la Caja de Amortización bajo el interés anual del 3%. 1799/093/05. Instrucción aprobada por S.M. para llevar adelante esa Real Orden 1799/01/12. Real Cédula por la cual se crea una Junta Suprema para dirigir las enajenaciones de los bienes pertenecientes a Hospitales, etc. 1800/10/21. Real Cédula (Novísima recopilación, libro X. título XVII. ley XIX. Pág. 119) 1805/06/14. Breve papal (Pio VII) que autoriza la venta de predios de la iglesia, excepto los bienes parroquiales 1806/12/12. Breve papal autorizando al Gobierno para apropiarse y vender una séptima parte de los bienes del clero 1807/02/21. Real Cédula para que se ponga el ejecución el Breve de S.S. de 12 de diciembre último 1808/11/18. Real Provisión del Consejo de suspensión de la venta de bienes de capellanías, etc. 1809/08/18. Real Decreto de disolución de las órdenes regulares, monacales, mendicantes y clericales. 1812/06/17. Decreto de las Cortes por el que se incorporan al Estado los bienes de órdenes religiosas disuletas o reformadas por el gobierno intruso de José I |
Edukiaren eta egituraren eremuaArea de contenido y estructura
Dokumentu mota Tipo de documento |
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Testual |
Edukia Contenido |
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Enajenaciones de bienes pertenecientes a Hospitales, Hospicios, Casas de Misericordia, de reclusión y de expósitos, Cofradías, Memorias, Obras pías y patronatos de legos, capellanías colativas, fundaciones eclesiásticas, etc. El producto de las ventas de estos bienes así como los capitales de los censos que se redimen se ingresa en la Real Caja de Amortización bajo el interés anual del 3%. La presentación del recibo del ingreso del dinero en dicha caja es requisito indispensable para formalizar la escritura de venta. |
Erabilera baldintzen eremuaArea de condiciones de acceso
Hizkuntza (k) Lengua (s) |
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Castellano |
Erlazionatutako dokumentazioaren eremuaArea de documentos relacionados
Iturri osagarriakFuentes complementarias
Iturri osagarriak artxiboan Fuentes complementarias en el archivo |
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Veáse también la serie E-07-I: "Pleitos Civiles" donde constarán las escrituras de venta por remate de los bienes enajenados |
Deskripzioaren kontrolaren eremuaCampo de control de la descripción
Deskribapen datakFecha de descripción |
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2007-04-03 |
Subdocumentos
Batere ez.
Ninguno.