La primera regulación de las milicias se dio en la constitución de Cádiz, reconociéndose a las llamadas Milicias Nacionales como fuerzas combatientes e integrantes del ejército junto con las fuerzas regulares. Fernando VII la disolvió, pero se restituyó durante el trienio liberal (1820-1823), actuando contra todos los movimientos de restauración absolutista de la península. Era una formación doble, por un lado la Milicia activa que, reclutada por sorteo, garantizaba el orden a escala provincial y sus hombres constituían la reserva del ejército; por otro lado la Milicia local que constituía un órgano voluntario de defensa permanente del orden constitucional.
Se creó el 18 de abril de 1823 la nueva organización militar de los Voluntarios Realistas que recibieron en Gipuzkoa el nombre de "tercios forales" y sustituyeron a las milicias. A las órdenes de la Diputación, su función era el mantenimiento del orden.
En Junio de 1826 el inspector general de los voluntarios realistas consiguió promulgar una "Adicción al Reglamento para los Voluntarios Realistas del Reino, correspondiente a las Provincias Vascongadas" en la que, entre otras cosas, se determinaba que se llamaran Voluntarios armados. Según el inspector general de los voluntarios realistas la Diputación de Gipuzkoa no respetaba las normas del reglamento, delegando en los ayuntamientos parte de su responsabilidad; intervino ante el rey, y consiguió el 13 de enero de 1827, que el Capitán General de Gipuzkoa se encargara de la subinspección de voluntarios realistas. El 11 de abril se mandó, por Real Orden, la disolución de los tercios; pero la Diputación protesto, y tuvo éxito, pues con un real decreto de 7 de junio de 1827 se volvió a la anterior situación, restableciendo el armamento foral y entregando de nuevo la subinspección a la Diputación. El 2 de julio de 1827 se celebraron en Bergara juntas generales, en las que se reformó el reglamento de tercios. Sin embargo seguían existiendo los voluntarios armados
El Estatuto Real de 1834 fijo una fuerza llamada Milicia Urbana; y al restablecerse la constitución en 1812, se volvió a legalizar la Milicia Nacional (1836). La Milicia combatió durante la primera guerra carlista en el bando de Isabel II. Narvaez la disolvió, encomendando más tarde sus tareas a la recién creada Guardia Civil.
Incluimos también aquí la documentación de tercios. Según la Enciclopedia Auñamendi (www.euskomedia.org) los tercios son los cuerpos armados que se organizaban, en tiempos de guerra, para asistir a la defensa militar de plazas o batallas.
Se llamaron "Tercios Vascongados" a los contingentes decretados por las Diputaciones de Álava, Gipuzkoa y Bizkaia con motivo de las guerras coloniales en Marruecos (1859 y 1860) y en Cuba (1869). |