A partir de 1799 se formalizan y presentan anualmente dos tipos de cuentas:
- las cuentas ordinarias o cuentas de propios y arbitrios,
- las cuentas extraordinarias o cuentas de propios, ventas y arbitrios destinados a los gastos de guerra.
Todas estas cuentas se deben remitir a la Dirección General de Propios y Arbitrios, pero con motivo de las guerras no se cumple.
En 1810 se crea la Contaduría de propios y arbitrios del Gobierno de Vizcaya. Hasta 1815 los municipios prestaban servicios tanto a las tropas españolas como a las francesas, por lo que existen cuentas individualizadas de los suministros, alojamientos y bagajes realizados a los diferentes ejércitos, los arbitrios impuestos para la recaudación, la forma de recaudación, las enajenaciones realizadas para atender a estos gastos, etc.
Un capítulo que aparece reseñado en las cuentas municipales del período decimonónico son las ventas o enajenaciones de bienes municipales, que comenzó como una forma de atender a los gastos ocasionados por las guerras. El procedimiento de ventas era: en efectivo, a cuenta de los salarios que debían los municipios, en concepto de reintegro de contribuciones exigidas durante la guerra, como liquidación de censos pendientes, etc. |