* 1904. Reglamento de médicos titulares
* 1904/01/12. Instrucción general de Sanidad
* 1904/06/20 (B.O.G.). La Junta de Gobierno y Patronato de Médicos Titulares clasifican las plazas de médicos titulares en 5 categorías: Bergara por ser cabeza de partido judicial pertenece a la categoría segunda
1904/10/11. Real Decreto que aprueba el Reglamento del Cuerpo de Médicos Titulares de España.
1904/10/26. Real Orden circular del Ministerio de la Gobernación para que se prorroguen por tiempo ilimitado los contratos hechos entre Ayuntameinto y médico antes de la Instrucción General de Sanidad.
* 1905/04/06. Real orden sobre clasificación de los pueblos.
* 1905. Instrucción general de Sanidad (Las Diputaciones se opusieron a su implantación y se consiguió que se dictara una R.O. el 29 de junio de 1906 según la cual la Instrucción general de Sanidad no se aplicaría en el asunto de los titulares) siguen vigentes:
* Art. 74 y 78 de la Ley municipal
* Reglamento benefico sanitario aprobado por Real Decrreto de 14 de junio de 1891
* 1907/07/15. Proyecto de Reglamento benéfico sanitario hecho por el Colegio de Médicos de Guipúzcoa. Las Diputaciones envían este proyecto el 18 de julio a los Ayuntamiento para su discusión. 7 de noviembre la Diputación crea una Comisión especial e invita a los Ayuntamientos para que colaboren, decidiendo éstos mantenerse a la expectativa.
* 1914/12/01. Proyecto de ley de epidemias. Las Diputaciones vasco-navarras con los representantes en Cortes para conservar la autonomía de las corporaciones en la ley de epidemias se comprometen a implantar un Reglamento benéfico-sanitario para lo cual debe formarse una comisión de Alcaldes.
* 1915/05/11. Circular nº 2 de la Diputación Provincial: Reglamento de Médicos Titulares. Los Ayuntameinto se niegan a implantarlo (El Ayuntamiento de Irún se querella) |